Representantes de Adevana y de Medio Ambiente en la reunión
Según lo explicado, Adecana ha elaborado dos ejemplos de cómo afectaría esta medida a los cotos en Navarra:
A un coto de 2.000 Has. Le corresponderían 240 horas de guarderío. 240h x 24 €/h = 5.760 € de sobre gasto.
Si estos 5.760 €, los dividimos por los 40 socios que suelen tener de media estos cotos, y que estos suelen pagar unos 40 € de cuota anual, de lo que se deduce que su presupuesto anual actualmente es de unos 1,600 €, resulta que el importe a pagar de mas cada uno de ellos con el guarda se incrementaría en 144 €. ES DECIR, QUE LOS GASTOS DEL COTO SE INCREMENTARÍAN EN UN ¡460%¡ PARA PODER SEGUIR CUBRIENDO EL RESTO DE GASTOS QUE YA TENÍAN. (los mayores de 60 años es decir la mitad de los socios lógicamente se darían de baja y hay que volver a aumentar las cuotas)
A un coto de 5.000 Has. Le corresponden 600 horas de guarderío. 600h x 24 €/h = 14.400 €
Si estos 14.400 € los dividimos por los 150 socios que suelen tener de media estos cotos, y que estos suelen pagar unos 200 €, el incremento sería de 96 € por socio al año. POR LO QUE DEBERÁN DE INCREMENTAR SUS CUOTAS UN ¡48% PARA PODER SEGUIR CUBRIENDO EL RESTO DE GASTOS QUE YA TENÍAN!
Todo ello hablando de contrato mercantil.
Si hablamos de contrato laboral se abarataría algo el coste de la hora del guarda, pero la sociedad de cazadores tienen que contratar y pagar una gestoría que le elabore las nóminas, actualice los convenios, haga la declaración de IVA trimestral, pagos a la Seguridad social, cursos de seguridad, posibles indemnizaciones por despido, etc.
Si se aplica esta medida, en los cotos situados en la zona sur de caza, la vigilancia mínima será la equivalente a la de un guarda a dedicación plena por cada 15.000 hectáreas. Medido en horas anuales de actuación del guarda, será el resultado de multiplicar la superficie del terreno en hectáreas por 0,12 (120 horas al año por cada 1.000 hectáreas).
-En los cotos situados en la zona norte de caza, la vigilancia mínima será la equivalente a la de un guarda a dedicación plena por cada 25.000 hectáreas. Medido en horas anuales de actuación del guarda, será el resultado de multiplicar la superficie del terreno en hectáreas por 0,07 (70 horas al año por cada 1.000 hectáreas).
Asimismo, es de sumo interés indicar que la afección que esta obligación no solo va a afectar a las sociedades de cazadores, sino también a los titulares de los cotos locales, es decir, a los Ayuntamiento y Concejos, los cuales en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley de Caza, ya sea en los casos de gestión directa como en los casos en que exista mas de un titular del aprovechamiento cinegetico, por ejemplo si se han quedado palomeras, tarjetas de becada, permisos de rececho, etc para subastarlos, deberán obligatoriamente que contratarlos.
Por parte de Medio Ambiente acudieron el Director de Medio Ambiente y Agua Andrés Eciolaza, el Director del Servicio de Conservación y de la Biodiversidad Enrique Eraso, y la Jefa de Caza y Pesca Ana Palacios. Por Parte de Adecana, su Presidente Carlos Irujo, su Secretario Jesús Irazola, y el vocal Juan José García Estévez
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